Los ayuntamientos no pueden decidir de forma autónoma cómo ofrecen internet a sus ciudadanos. La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) establece los requerimientos que deben cumplir, y ayer la Audiencia Nacional le dio la razón, al menos, en el caso más polémico. El Tribunal ha confirmado la sanción de 300.000 euros que la CMT impuso al Ayuntamiento de Málaga por dar wifi a sus vecinos a través de la red Biznaga. Sostiene, además, que Málaga incumplió los mandatos de la CMT de forma 'voluntaria y consciente'. El Ayuntamiento ya ha anunciado que interpondrá un recurso de casación a la resolución de la Audiencia.
A finales de 2007, Málaga empezó a ofrecer internet en las dependencias municipales mediante wifi. La CMT les avisó de que tenían que inscribirse como operador para ofrecer ese tipo de servicios, a lo que el Consistorio respondió que su red ofrecía un servicio de autoprestación. Esta función implica que esa red wifi es necesaria para que la Administración cumpla con sus funciones y, en ese caso, no es necesario que el Ayuntamiento se registre.
Málaga interpondrá un recurso de casación contra esta resolución
La Audiencia subraya la sentencia de la CMT punto por punto. Ha decidido que el servicio que prestaba el Ayuntamiento de Málaga no puede considerarse autoprestación porque permitía la navegación libre por todo tipo de páginas. Además, el Tribunal ha considerado 'insuficientes' las herramientas puestas en marcha por el Consistorio para evitar un uso de la red diferente al 'estrictamente vinculado a los servicios públicos municipales'. Málaga puso en marcha un sistema de identificación a través del DNI, algo que, según detalla la sentencia, 'no excluye un posterior acceso a páginas distintas de las vinculadas a la actividad del Ayuntamiento'.
La Sala suscribe que el régimen de autoprestación 'se extiende a bibliotecas, centros culturales, salas de encuentro polivalentes, situadas en centros cívicos, en la medida la que se desarrollen actividades culturales y educativas de competencia de las administraciones locales'. No considera actividades culturales y educativas el acceso general a internet en centros en los que Málaga desplegó su red wifi, como la Casa Consistorial Hospital Noble, el Palacio de Deportes José María Martín Carpena o zonas abiertas como la Sociedad Municipal de Aparcamientos.
El tribunal cree que el Consistorio incumplió la ley de forma «consciente»
La CMT establece estas normas a las administraciones para que las wifis públicas no supongan competencia con las operadoras, que consideran que estos servicios impiden el desarrollo de una oferta privada competitiva. La CMT reguló en una circular en febrero del año pasado que si los consistorios deseaban ofrecer wifi gratis sin límite temporal debían inscribirse como operador, excluir de la cobertura de la red 'edificios de uso residencial o mixto' y limitar la velocidad a 256 Kbps.
Existe una opción adicional que consiste en buscar un patrocinador que corra con los gastos de la red. Los ayuntamientos de Ourense, Mieres, Langreo, Gijón, Eibar, Burgos o Puerto del Rosario, entre otros, cuentan con el visto bueno de la CMT para ofrecer conexión gratuita a sus ciudadanos con una velocidad de 512 Kbps amparándose en esta alternativa. En el caso de Avilés, la velocidad es de 3 Mbps. Málaga, por su parte, también seguirá ofreciendo servicio wifi, ya que actualmente la red cumple con los requisitos de la CMT.
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