La Audiencia Nacional será la encargada de comprobar si la familia Botín ha regularizado correctamente los fondos que tenía ingresados en el HSBC Private Bank Suisse. El juez Fernando Andreu ha admitido a trámite la denuncia presentada por la Fiscalía Anticorrupción contra el presidente del Banco Santander, Emilio Botín, su hermano Jaime y los cinco hijos de cada uno de ellos por la presunta comisión de delitos contra la Hacienda Pública y, en su caso, falsedad documental.
Fuentes próximas a la familia Botín aseguran que ha pagado ya 200 millones de euros para regularizar 'de forma voluntaria' el patrimonio constituido en Suiza por Emilio Botín Sanz de Sautuola y López, padre de Emilio y Jaime, cuando estalló la Guerra Civil y fue destituido de sus cargos en la entidad financiera, que había sido intervenida. Botín Sanz de Sautuola constituyó una fundación en Suiza para que administrara parte del patrimonio familiar y que, según las fuentes consultadas, no ha recibido aportación alguna desde su fallecimiento, aparte de los rendimientos.
El juez Andreu admite la denuncia de Anticorrupción por delitos fiscales
La Agencia Tributaria española descubrió la existencia de esos fondos el 24 de mayo de 2010, al recibir diversa información procedente de las autoridades francesas de clientes españoles del HSBC Private Bank Suisse. Hacienda les dirigió un requerimiento para que regularizaran su situación fiscal.
El dirigido al actual presidente del Santander se remitió el 21 de junio de 2010, según afirma el auto. En él se le informaba de que no había presentado las autoliquidaciones del Impuesto del IRPF ni del Impuesto sobre el Patrimonio en relación con esos fondos entre los ejercicios 2005 y 2009. Precisamente, la admisión a trámite de la denuncia se ha producido para evitar que prescriban los delitos que se hayan podido cometer. Los relativos al primer ejercicio lo habrían hecho el próximo día 30 si no se hubiera judicializado el caso.
En su auto, Andreu señala que es 'una denuncia interpuesta a prevención' 'dada la imposibilidad reconocida' por la Agencia Tributaria 'para realizar una valoración en plazo sobre la corrección o no de las declaraciones complementarias practicadas por los denunciados'. 'Es necesario que, mediante el presente procedimiento se determinen qué conductas aparecen como exigibles a cada uno de los denunciados a fin de regularizar o de poner en orden su situación tributaria', expone Hacienda. Sólo las deudas superiores a 120.000 euros son constitutivas de delito. Para determinar si existe alguna de esas características, el magistrado ha designado a dos peritos de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Tributaria. Si no hubiera ninguna, la causa será sobreseída.
Los banqueros realizaron una regularización 'voluntaria'
El 23 de julio, tanto Botín como sus cinco hijos hicieron alegaciones y presentaron las declaraciones correspondientes a los dos impuestos investigados, 'en la mayor parte complementarias', y que fueron complementadas por otras posteriores por errores y defectos detectados en las anteriores. Las fuentes cercanas a la familia Botín explican que la regularización y el ingreso fue totalmente voluntario, que se ha facilitado toda la documentación necesaria para comprobar que las liquidaciones son correctas y que están al corriente de sus obligaciones tributarias. Por tanto, señalan que no existe responsabilidad según el artículo 305 del Código Penal.
El auto de la Audiencia señala que el 'escrito presentado de forma conjunta' explica que 'la regularización voluntaria trae su causa de activos o rentas cuya titularidad última se ostentaba a través de trusts, fundaciones y otras figuras fiduciarias y que el criterio general utilizado en la regularización practicada había sido el de atender en todo caso a la realidad material, prescindiendo de las titularidades formales o fiduciarias y atribuyendo las rentas y activos a las personas beneficiarias últimas de las mismas'.
Argumentaba, según el auto, 'que, dada la dificultad de la imputación de las rentas y activos llevada a cabo en las declaraciones presentadas respecto del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio, se solicitaba la compensación de las cuotas a devolver o a ingresar entre los diferentes imputados, que pudieran resultar de las comprobaciones' que haga la Agencia Tributaria.
Jaime Botín y sus cinco hijos procedieron también a presentar sus declaraciones complementarias, a excepción, en el caso del primero de la relativa al ejercicio 2009, cuyo resultado fue 'a devolver'. Sus alegaciones detallan que el patrimonio familiar en el extranjero era administrado por un trust anglosajón y que se distribuyó en tres bloques: 'uno común, constituido principalmente por el 12% del capital social de Bankinter y que se atribuye a los nietos', y otros dos bloques que 'se asignan en plena propiedad a dos sociedades de las que son beneficiarios efectivos cada uno de sus hijos, Emilio y Jaime'.
A la vista de la 'ingente' documentación relativa al caso, la Agencia Tributaria admitió que no había podido determinar si 'las regularizaciones realizadas eran completas y veraces' y remitió el caso a Anticorrupción.
El presidente del Banco Santander, Emilio Botín, y cinco de sus hijos, así como su hermano Jaime Botín y sus respectivos cinco hijos, podrían enfrentarse a penas de entre uno y cuatro años de cárcel si se confirma que cometieron delito fiscal en el caso de las cuentas suizas del HSBC, según indicaron a Europa Press fuentes de los inspectores de Hacienda.
Además, en el caso de que exista sentencia firme condenatoria contra Botín y sus familiares, éstos perderían el requisito de honorabilidad para dirigir entidades de crédito, lo que afectaría directamente tanto a Emilio Botín como a su hija Ana Patricia Botín, presidenta de la filial británica del Santander.
Además de la posible pena de prisión, podrían hacer frente a una multa hasta seis veces superior a la cuantía defraudada. La legislación española contempla también supuestos de delito fiscal agravados, como aquellos en los que se utilizan personas interpuestas para la comisión del delito, los llamados 'testaferros', o aquellos otros en los que el importe defraudado es muy grande, circunstancia que debe ser determinada discrecionalmente por el Tribunal.
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