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Sáenz pide el indulto para evitar su salida forzosa del Santander

El Supremo le condena a tres meses de prisión e inhabilitación por un delito de acusación falsa

V. ZAFRA

Alfredo Sáenz podrá continuar, por ahora, como consejero delegado y vicepresidente de Banco Santander. El Tribunal Supremo le condenó ayer a tres meses de prisión e inhabilitación para ejercer sus cargos en el banco por haber cometido un delito de acusación falsa cuando presidía Banesto en 1994.

Sin embargo, el grupo que dirige Emilio Botín ha decidido ratificarle en el cargo (el consejo de administración lo aprobó hace días), recurrirá ante el Tribunal Constitucional y pedirá el indulto de Sáenz ante el Ministerio de Justicia. Todo para conseguir que le retiren la condena y, si no puede ser, ganar tiempo para mantenerle en el cargo varios años más.

La normativa le obligaría a dejar el cargo si se ejecuta la sentencia

Si se ejecutara la sentencia, el banco estaría obligado a cesar a Sáenz, ya que la normativa del Banco de España establece que un gestor de un banco ha de tener honorabilidad y esa condición se pierde cuando se tienen antecedentes penales. Sáenz los tendría aunque nunca vaya a entrar en prisión por esta sentencia porque es una condena inferior a dos años.

Con estas medidas, el banco gana un mínimo de un año hasta tener que plantearse la sustitución de Sáenz. Sería el tiempo que tardaría el Gobierno en decidir sobre el indulto en caso de que el Constitucional no admitiera a trámite el recurso. Si lo hace y acepta que se paralice la ejecución de la sentencia, la resolución se prolongará entre dos y cuatro años. Eso si antes no le hubieran concedido la medida de gracia.

Para hacer esta petición, la defensa de Sáenz hará referencia a su trayectoria profesional, a su buena gestión en Banca Catalana, a la administración de Banesto después de que fuera intervenido con un agujero de 500.000 millones de pesetas (3.000 millones de euros) e, incluso, al daño que se haría a la imagen del sistema financiero español si tuviera que dejar el cargo el consejero delegado del grupo más importante del país.

Con la petición de la medida de gracia, se cierra de nuevo el debate sucesorio

La petición del indulto cierra, por el momento, el debate sucesorio en el primer banco del país. Con la filtración de la posible condena hace semanas, se había reabierto la duda de quién podría suceder a Sáenz en caso de que resultara inhabilitado. Antes de que saltara esta situación, en los mercados se daba por hecho que sería Ana Patricia Botín quien ocuparía su lugar cuando este se jubilara (ahora tiene 68 años), pero no contaban con que su retirada fuera tan inmediata. De hecho, los inversores internacionales entienden que todavía es demasiado pronto para que Ana Patricia Botín ocupe ese lugar, sobre todo porque lleva apenas unos meses dirigiendo la filial británica del grupo.

La sentencia que condena a Sáenz se refiere a unos hechos acaecidos en 1994, cuando Banesto presentó una demanda contra algunos accionistas del grupo de sociedades barcelonés Harry Walker para cobrar un crédito de 639 millones de pesetas (3,6 millones de euros). Su denuncia, que acabó siendo falsa, llevó a la cárcel durante unos días a cuatro de ellos por orden del juez Pascual Estevill, que posteriormente fue expulsado de la carrera judicial.

La sentencia de la Audiencia de Barcelona, que ahora ha casado el Supremo, asegura que Sáenz estaba enterado de que la demanda era falsa, aunque su defensa siempre ha insistido en que únicamente conocía que se iban a iniciar las actuaciones para recuperar el crédito. El banco tenía demasiados problemas como para que el presidente se ocupara de las minucias.

La Audiencia de Barcelona le impuso (al igual que al abogado Rafael Jiménez de Parga y al exdirectivo de Banesto Miguel Ángel Calama) una condena de seis meses de prisión e inhabilitación, y ahora el Supremo la ha rebajado a la mitad porque no cree que sea un delito continuado y porque el proceso se ha dilatado demasiado. La sentencia cuenta con un voto particular del magistrado José Manuel Maza, que entiende que no existen pruebas suficientes para la condena, que no se ha aplicado bien el tipo penal del delito y que se han determinado incorrectamente las penas.

Las acciones del Santander descendieron un 1,36%, hasta 8,166 euros.

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