Uno de los estrenos de la semana en los videoclubs es La cena de los idiotas, un remake del clásico francés de 1998, protagonizado por el histriónico Steve Carell. El que quiera ver esta remasticada película este mismo fin de semana puede acercarse al videoclub o buscarla en Internet. Esta última posibilidad es la que se quiere eliminar con la nueva 'ley Sinde', que ayer consensuaron entre PSOE, PP y CiU, para aprobarla dentro de unos días en el Senado.
El debate político se ha centrado finalmente en establecer cómo será el proceso de cierre de una web de enlaces a descargas de contenidos sujetos a derechos de autor y la vigilancia que sobre este proceso establecerán los jueces. Los asuntos técnicos y la forma de impedir el acceso a páginas o de hacer desaparecer enlaces y archivos quedaron ya resueltos en la ley, al contar con la posibilidad de que las operadoras en España colaboren con la norma facilitando los datos personales que se les soliciten.
El debate político pertenece a una esfera de la sociedad y la tecnología y la libertad de acción en Internet es un ecosistema muy diferente. La historia reciente de internet ha demostrado que un sistema bloqueado hace que nazcan nuevos métodos para conseguir los mismos objetivos.
La copia física de una película o un disco de música no se puede impedir. Desde las películas en Beta y las cintas casete, los contenidos se han copiado y compartido en todo tipo de formatos y con todo tipo de métodos. Hoy, técnicamente se han introducido tecnologías para dificultar que un usuario copie un DVD o CD que ha comprado o alquilado, pero es posible romperlas, y además un usuario tiene derecho a la 'copia privada'. Policialmente, se intenta luchar contra la grabación de películas en las salas de cine y la venta de copias, el conocido 'top manta', que supone solo un pequeño canal de distribución en comparación con Internet. Resulta imposible impedir que un usuario suba un contenido a un servidor en internet o quiera compartir una película o un disco que tenga almacenado en su disco duro a través de programas P2P.
Por ello, finalmente, lo más inmediato que se ha resuelto es la aprobación de un impuesto, el polémico 'canon digital', que se aplica a todos los dispositivos y soportes tecnológicos susceptibles de poder contener una película o una canción copiada. Un canon que todas las asociaciones de internautas han denunciado como anticonstitucional, ya que persigue compensar un daño patrimonial que no tiene por qué haberse cometido. El reto político entonces es acabar con los enlaces, con las páginas de enlaces, con los blogs que enlacen a contenidos y con los buscadores que integren estos enlaces, que localizan y apuntan a los archivos. Algo, en apariencia, también más sencillo que la opción de perseguir al usuario, solución que ya se ha establecido en otros países, como Francia, y que de momento es una propuesta que, pese a haberse planteado desde distintos frentes en España, el propio Gobierno ha descartado desde el principio.
Cuando en 1999 nació Napster, uno de los primeros sistemas de distribución de archivos de música que se popularizó y utilizó masivamente, nadie podía imaginar que más de 100 millones de aficionados en todo el mundo compartirían sus colecciones de MP3 con otros. La reacción de la industria musical y las sociedades de gestión de derechos de autor fue exigir su cierre y una considerable indemnización por daños, algo que consiguieron solo un año después, lo que provocó que la mayoría de usuarios migraran a otros servicios similares, como Ares, Kazaa o eMule.
Más allá de las dificultades legales con las que se encontrarán tanto la Comisión de Propiedad Intelectual, encargada de señalar a las páginas web de enlaces, como los jueces, encargados de dirimir si prevalece el derecho a la privacidad o las comunicaciones sobre el de la propiedad intelectual, la ley tendrá que vérselas con los nuevos métodos que surjan para esquivar los bloqueos.
Son muchos los que ya han publicado en la Red múltiples métodos, sistemas o, simplemente, ideas que pueden servir a propietarios de páginas web e incluso a usuarios poder continuar con su actividad de intercambio y descarga de archivos, sin que los procesos establecidos en la reforma legal les puedan afectar.
1.- Traslado de la web fuera de España
Uno de los métodos que utilizarán la Comisión y los jueces para cerrar una página web que consideren dañina para el patrimonio de la industria audiovisual será los de bloquear su dirección IP o su dirección DNS en España. Así se impediría el acceso de los usuarios a esta web, sólo desde una dirección española. Sin embargo, si el propietario de la web la muda a un servidor en otro país, el acceso seguiría siendo posible. Y este servicio es ya un estándar en Internet, ofrecido por empresas como incluso la propia Google, con su Google Public DNS, además de OpenDNS o ScrubIT.
2.- Navegación anónima
Los jueces solicitarán también a los ISP que bloqueen las peticiones que un usuario haga a servidores fuera de España, mediante la monitorización de su tráfico. Pero éste método también cuenta ya con una solución, ya que los usuarios tiene la posibilidad de navegar sin dejar rastro en la Red. La instalación de un programa o el uso de aplicaciones online permitirían el cifrado de los datos de toda la actividad de navegación que haga un usuario, lo que impediría que los operadores puedan identificar qué está haciendo su cliente y así, censurar su acceso a las páginas web sería inviable. Servicios como Tor permiten esta navegación anónima, además de BlackLogic, Megaproxy u OpenVPN.
3.- Nuevos archivos en páginas de terceros
El problema no es solo el enlace, sino el propio archivo con el contenido protegido. Páginas web de servicios de almacenamiento online de archivos privados, como Megaupload o Rapidshare, están también en la diana de la nueva ley. Por ello, es seguro que los jueces solicitarán a estos servicios que retiren los archivos sujetos a derechos de autor, que suban los usuarios. Son muchos los que ya hablan de la posibilidad de subir estos archivos de forma encriptada, para que no puedan ser identificados.
4.- Enlazar de forma indirecta
En lugar de ofrecer el enlace directo al contenido, las propias páginas web podrían empezar a enlazar a archivos de texto que integraran los enlaces a los archivos. ¿Contempla la 'ley Sinde' que esté prohibido enlazar a un texto? En esos términos, no. Pero en su redacción se trata de forma general que las web no puedan facilitar el acceso a contenidos con copyright, algo que éste método sí estaría haciendo.
5.- Compartir enlaces en redes sociales
Otros métodos ideados, algunos ya puestos en marcha, pero menos conocidos, plantean compartir enlaces entre usuarios en páginas web que difícilmente van a ser bloqueadas, como redes sociales o, incluso, el propio buscador de Google. Imaginen el enlace al archivo de la película La cena de los idiotas puesto en Twitter y que éste sea retuiteado miles de veces; un enlace, que además estuviera en cientos de 'muros' de perfiles en Facebook, y que apareciera en cientos de miles de páginas web indexadas en Google.
6.- Compartir enlaces, no archivos
Algunos usuarios han puesto en marcha un método denominado E-linker. Se trata de un sistema similar a un programa P2P, como eMule, pero que se descargan enlaces en lugar de archivos. No tiene servidores centralizados, gestiona listas de enlaces encriptados y se alimenta de lo que ofrecen los propios usuarios. En este sistema no habría nada que 'cerrar', porque no hay más que enlaces que comparten usuarios desde sus ordenadores.
La estrategia política es clara: iniciar nuevos procesos legales que permitan el cierre de páginas con archivos o enlaces a contenidos sujetos a derechos de autor, con el fin de que los usuarios no puedan acceder a ellos. Si no funcionan estos métodos en España la solución que ya ha planteado la industria audiovisual es cambiar de objetivo y trasladar su punto de mira hacia los usuarios. Pero la estrategia de los internautas es más clara aún: todo apunta a que las descargas y los sistemas para compartir archivos continuarán. Con o sin 'ley Sinde'.
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