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Derecho a juzgar en aguas internacionales

El TS dice que hay jurisdicción si los emigrantes van a España

RAMIRO VAREA

Los tribunales españoles pueden juzgar los delitos de tráfico de inmigrantes que se cometen en aguas jurisdiccionales internacionales, si el destino de dicha inmigración ilegal es territorio español. Así lo recoge una sentencia hecha pública ayer por el Tribunal Supremo, que anula un dictamen anterior de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria.

En aquella ocasión, la Audiencia apreció su 'falta de jurisdicción' para juzgar a 18 ciudadanos extranjeros, acusados de introducir en España a 150 inmigrantes a bordo de un barco. El buque fue inspeccionado en alta mar el 31 de enero de 2004, fuera de las aguas españolas.

Los arrestados fueron absueltos y quedaron en libertad, pero la Fiscalía recurrió el fallo al considerar que el delito se podía 'tener por cometido en territorio español'. Según el Ministerio Fiscal, esto fue así debido al 'acto de salvamento' de los 18 acusados, lo que provocó la entrada de los inmigrantes en España.

Tipificado en el Código Penal

La Sala de lo Penal avala en su sentencia la tesis del fiscal. Dice el TS que 'resulta evidente' que el buque detenido y registrado en alta mar por las autoridades 'tenía como objetivo la inmigración en territorio español', lo cual está tipificado en el Código Penal de 1995.

'En consecuencia', prosigue el fallo, España 'resulta facultada para la intervención incluso fuera de aguas jurisdiccionales, mediante la visita e investigación de la embarcación'. Los magistrados consideran que el registro al barco fue legítimo ya que 'concurrían motivos racionales para estimar probable la comisión del delito'. Por todos estos motivos, el Tribunal Supremo exige repetir el juicio oral contra los 18 ciudadanos extranjeros detenidos en su día por tráfico ilegal de personas, y que fueron puestos en libertad por la Audiencia de Las Palmas.

La sentencia del alto tribunal contó con el voto particular del magistrado Enrique Bacigalupo, quien discrepó sobre los fundamentos legales de la jurisdicción territorial española en alta mar. El juez cree que es imposible deducir dichas conclusiones. Y también mostró sus dudas ante las posibles actividades delictivas de los arrestados.

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