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Los escraches y protestas frente al Congreso se castigarán con hasta 600.000 euros

La nueva Ley de Seguridad Ciudadana endurece los castigos frente a las protestas sociales. Grabar la actuación de agentes de Policía también podrá ser considerado una infracción muy grave

PÚBLICO / AGENCIAS

Hacer un escrache frente a la casa de un políltico, las concentraciones no comunicadas cerca de instituciones tales como el Congreso de los Diputados o la grabación y difusión de imágenes de agentes de las fuerzas de seguridad en el ejercicio de sus funciones serán consideradas infracciones muy graves y, por tanto, podrán ser castigadas con una multa de entre 30.001 a 600.000 euros, tal y como recoge el anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana que ha hecho público el Ministerio de Interior. Sin duda, las medidas que recoge suponen el endurecimiento de una represión contra los movimientos ya denunciada por organismos internacionales, juristas y partidos políticos.

Veintiún años después de la llamada ley Corcuera, polémica por la conocida como 'la patada en la puerta' que el Tribunal Constitucional tumbó, el Gobierno de Mariano Rajoy prepara un nueva Ley de Seguridad Ciudadana, cuyo anteproyecto verá previsiblemente el Consejo de Ministros el próximo viernes. Un texto redactado en paralelo a la reforma del Código Penal y que pretende compensar la eliminación de la mayoría de las infracciones penales tipificadas como faltas, que con la nueva Ley de Seguridad Ciudadana pasarían a considerarse infracciones administrativas de carácter muy grave, grave o leve.

El texto, que ha diseñado el departamento que dirige Jorge Fernández Díaz, tendrá que pasar el primer filtro de la comisión de subsecretarios, analizarse en el Consejo de Ministros, someterse al dictamen del Consejo de Estado y el Consejo General del Poder Judicial, volver a la mesa de Moncloa y debatirse, como ley orgánica, en las Cortes.Mientras tanto, la propuesta inicial de Interior incluye, entre otros supuestos, las siguientes infracciones muy graves y graves. Tendrá 55 artículos frente a los 39 de la todavía vigente y establece la obligatoria colaboración de la seguridad privada o de los detectives.

Otra de las principales novedades es que los padres tendrán que hacerse cargo económicamente de los desperfectos que ocasionen sus hijos menores de edad en la vía pública y la Policía tendrá potestad para establecer 'zonas de seguridad'. El hecho de que los progenitores tengan que pagar los daños ocasionados por sus hijos es una medida que ya se puso en marcha hace años en el País Vasco en episodios de kale borroka. En función del grado de daño que produzcan al mobiliario urbano, también podría considerarse una infracción grave.

Los padres tendrán que pagar los desperfectos que ocasionen sus hijos menores

En cuanto a las 'zonas de seguridad' para evitar los escraches es una medida que esbozó el ministro hace meses a partir de una iniciativa en este sentido de la Ertzaintza, que fijó ese perímetro en 300 metros. Aunque el anteproyecto no especifica distancias concretas, los responsables de Interior otorgan especial importancia al hecho de que este recurso de seguridad ya esté regulado formalmente.

En el redactado también se contempla como infracción 'muy grave', sancionada con entre 30.001 y 600.000 euros, el uso y la distribución de imágenes de los policías, así como datos personales de los agentes con fines que puedan suponer un atentado contra su intimidad, su familia o que puedan poner en riesgo una operación. Con esto se pretende evitar hechos acontecidos tras algunas concentraciones en las que asistentes fotografiaban a antidisturbios y luego difundían las imágenes en redes sociales.

En total hay 21 infracciones consideradas 'muy graves' y la mayoría de ellas destinadas a preservar el orden público. En este punto la ley recoge lo ya adelantado por el ministro en el Congreso de los Diputados: las concentraciones frente a las instituciones del Estado como la Cámara Baja cuando éstas no hayan sido debidamente comunicadas. Esto también estará sancionado con hasta 600.000 euros y en ello se incluye, además de a los participantes, a quienes las convoquen, dirijan o presidan.

La perturbación del orden público en espectáculos, acontecimientos deportivos u oficios religiosos y demás actos públicos también se considerará 'muy grave', así como las manifestaciones sin autorización en torno a las consideradas infraestructuras críticas como, por ejemplo, una central nuclear -objetivo muchas veces de movimientos ecologistas- o un aeropuerto. Entre 30.001 y 600.000 euros se sancionará también como muy grave entorpecer con dispositivos luminosos como los clásicos punteros lasser vehículos u otros medios de transporte como aviones.

En el apartado del orden público, pero ya dentro de la infracciones graves, se contempla la participación en disturbios con capuchas, gorros, pañuelos o máscaras a efectos de dificultar la identificación por parte de las Fuerzas de Seguridad del Estado. Esto no quiere decir que no se pueda asistir a concentraciones autorizadas con este tipo de elementos, pero sí valerse de ellos para ocultarse cuando se produzcan enfrentamientos con la Policía.

Será infracción grave ofrecer o aceptar servicios de prostitución en la vía pública cerca de espacios de menoresAdemás, este anteproyecto de Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana aporta otras novedades como la consideración como infracción grave ofrecer o aceptar servicios de prostitución en la vía pública cerca de espacios de menores (colegios, guarderías, parques...) o en aquellos lugares que puedan afectar a la seguridad vial. El redactado del texto no entra a regular el acto de la prostitución, pero sí trata de impedir su práctica al menos en estos dos supuestos en los que serían sancionados tanto el cliente como la persona que ofrece los servicios sexuales.

Por su parte, las infracciones leves apenas experimentan variaciones con las actuales faltas leves y seguirán siendo sancionadas con multas contempladas entre los 100 y los 1.000 euros. La cuantía de las infracciones graves y las muy graves también es la misma que en la actual ley de Seguridad Ciudadana, lo que se ha modificado o se ha incluido son conductas que no estaban recogidas y tras más de 20 años era necesario regular, según Interior.

Otro campo que regula esta Ley es la obligatoriedad de identificarse ante las Fuerzas de Seguridad que podrán inmovilizar a una persona hasta que se compruebe su identidad y que el documento que porta no es falso. Ahora los agentes podrán hacer esa gestión en el mismo lugar de forma telefónica o telemática. Este articulado regula que los agentes puedan requisar el documento durante unos minutos afectos de esta comprobación. Por su parte, a los ciudadanos extranjeros no se les podrá desposeer de sus documentos de origen salvo mandato judicial.

(Multadas con entre 30.001 a 600.000 euros)

- La grabación y difusión de imágenes de agentes de las fuerzas de seguridad en el ejercicio de su trabajo que atenten contra el derecho a su honor o su imagen y que puedan poner en peligro su seguridad o la de la intervención policial correspondiente.

- La perturbación grave del orden en actos públicos, religiosos, deportivos o espectáculos de otro tipo.

- Las concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los parlamentos autonómicos o los altos tribunales, aunque en ese momento no tengan actividad.

- Las protestas no comunicadas o prohibidas ante infraestructuras críticas, como centrales nucleares o pistas de aeropuerto.

- Los escraches o actos de acoso a cargos públicos. La ley contemplará que la Policía pueda establecer un perímetro de seguridad que no deben sobrepasar los concentrados.

- Deslumbrar con dispositivos tipo láser a conductores de tren, metro o pilotos.

(Multadas con entre 1.001 a 30.000 euros)

- Alterar el orden público encapuchado o con cualquier elemento que dificulte la identificación.

- Amenazar, coaccionar, vejar e injuriar a los agentes de las fuerzas de seguridad cuando estén velando por el mantenimiento del orden público, por ejemplo en manifestaciones u otro tipo de protestas.

- El ofrecimiento, la solicitud, la negociación y la aceptación de los servicios de prostitución en las proximidades de zonas infantiles, como parques o colegios, o en lugares donde se ponga en peligro la seguridad vial, como los arcenes. Lo que significa que podrán ser sancionados tanto los clientes como quien ejerza la prostitución.Interior deja claro que la prostitución como tal no se sanciona y que se multará en esos supuestos por la vulnerabilidad del lugar.

- La tenencia ilícita, el transporte, el abandono de la droga o de los útiles para su preparación, así como plantar y cultivar estupefacientes como la marihuana aunque no sea para traficar.

- El botellón cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana y cuando no esté autorizado por la administración correspondiente.

- La conducción de cundas o taxi de las drogas que trasladan a drogodependientes a los lugares de compra de estupefacientes.

- Los daños a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos.

- Obstaculizar la vía pública con neumáticos u otros enseres que impidan la normal circulación de vehículos y personas.

- Escalar como acción de protesta edificios públicos o precipitarse desde los mismos.

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