La Ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, que cancela ayudas públicas como la Renta Básica de Emancipación (RBE), ha entrado en vigor este jueves tras su publicación ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Las alrededor de 250.000 familias que actualmente se benefician de las ayudas a la adquisición de vivienda protegida mantendrán estas ayudas durante los cinco años reconocidos en su momento, pese a la entrada en vigor de la ley de reforma del alquiler, que suprime esta subsidiación de préstamos sólo para nuevas altas. En la disposición adicional segunda de la norma se explica que se mantienen todas las ayudas de subsidiación al préstamo reconocidas dentro del marco de los Planes Estatales de Vivienda.
Asimismo, se mantienen las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos reconocidas con anterioridad al 15 de julio de 2012 que cuenten con la conformidad del Ministerio de Fomento al préstamo, siempre que éste se formalice por el beneficiario en el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de esta Ley. No obstante, 'no se admitirán nuevos reconocimientos de ayudas de subsidiación de préstamos que procedan de concesiones, renovaciones, prórrogas, subrogaciones o de alquiler de otra actuación protegida de los planes estatales de vivienda'.
Por otro lado, la misma disposición adicional señala que las Ayudas Estatales Directas a la Entrada que subsisten sólo podrán obtenerse cuando cuenten con la conformidad expresa del Ministerio de Fomento y siempre que el beneficiario formalice el préstamos en un plazo de dos meses a partir de este jueves. Asimismo, se mantienen las ayudas del programa de inquilinos, ayudas a las áreas de rehabilitación integral y renovación urbana, rehabilitación aislada y programa Renove acogidas a los planes estatales de vivienda 'hasta que sean efectivas las nuevas líneas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2013-2016'.
De igual forma, las ayudas a la Renta Básica de Emancipación (RBE) que subsisten 'se mantienen hasta que sean efectivas las nuevas líneas de ayudas' incluidas en el mismo Plan, que están más orientadas a las familias que viven en alquiler con menores ingresos. En este sentido, desde Fomento se hace hincapié en que aquellos inquilinos a los que se retire la RBE podrán optar a las nuevas ayudas al alquiler, siempre que cumplan los nuevos requisitos, y explican que de esta forma se reorientarán las ayudas para garantizar que se conceden con más 'justicia y equidad'.
La norma, que fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado mes de agosto, reduce a 10 días el plazo de desahucio ante impagos del alquiler si el inquilino no presenta alegaciones ante el juez. Por su parte, el arrendatario podrá rescindir el contrato sin pagar indemnización con tan solo comunicarlo con un mes de antelación. Eso sí, la norma también reduce de cinco a tres años el plazo de renovación de contrato obligatorio.
Durante su paso por el Congreso, a la ley se incorporaron algunas modificaciones sustanciales, como la creación de un registro donde figuren los inquilinos condenados en firme -judicialmente en un desahucio o por la vía del laudo arbitral- por impago de la renta del alquiler para que puedan ser conocidos por otros arrendadores. Además, se incluyó la obligación del dueño de la vivienda de informar a los inquilinos en caso de querer vender el piso, y también se le autorizó a disponer de la vivienda en caso de necesitarla para sí mismo o para algún familiar, avisando al inquilino con al menos dos meses de antelación.
Por otra parte, se autorizó a los arrendatarios a realizar obras de adecuación de la vivienda a un discapacitado, siempre y cuando se notifiquen esos cambios y se reponga la vivienda al término del contrato al estado anterior. Y también se decidió vincular los alojamientos y viviendas turísticas de particulares a la normativa sobre turismo de las comunidades autónomas.
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