El Tribunal Superior de Justicia de Madrid acaba de resolver el Procedimiento Ordinario 213/2010 MON con la Sentencia nº 249/2013, en la que condena a la Consejería de Sanidad de Madrid a pagar una indemnización de 125.054,47 euros por una negligencia médica cometida en el Hospital Infanta Elena de Valdemoro, gestionado por la empresa Capio. En resumen, un paciente, ALB, que tenía que ser atendido en el hospital de Capio-Valdemoro, ante la mala asistencia recibida, tuvo que acudir a otro hospital, el de La Paz, donde finalmente fue correctamente asistido.
Coincide esta sentencia con la acusación pública de AMYTS [ver pdf aquí]. La Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid denuncia la falta de información sobre la facturación girada intercentros por el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) al hospital de Valdemoro y afirma que el Gobierno de la Comunidad no utiliza datos fiables a la hora de justificar su planteamiento de privatización de la gestión de la asistencia.
Afirmación a la que responde el consejero Javier Fernández Lasquetty, con una carta de 10 de abril de 2013 (publicada en los medios y copio literalmente): '[...] quiero manifestarle mi asombro por su absoluta falta de rigor en la misma, la inadecuada interpretación de la facturación intercentros y, sobre todo, por las insinuaciones que en ella se vierten sobre el desmantelamiento de la sanidad, y lo que es más grave, sobre el pago y el cobro inadecuado a las concesionarias que gestionan los centros sanitarios'.
Las afirmaciones de AMYTS son rigurosamente concordantes con la realidad. La facturación a terceros es una asignatura pendiente del Sistema Sanitario Público. No es ningún secreto el deficiente sistema de facturación de los hospitales públicos, algo de lo que se vienen aprovechando y beneficiando descaradamente compañías y seguros médicos privados, mutuas de accidentes de trabajo, etc. Compañías y seguros que cobran unas pólizas por una asistencia que finalmente es prestada por el sistema público de salud.
Sirva como botón de muestra la respuesta de la sección de facturación del Hospital de La Paz sobre la asistencia prestada al paciente ALB que debió de ser atendido en el hospital Capio-Valdemoro y que ha originado la sentencia más arriba citada.
Es decir, que no sólo no se facturó a Capio, sino que encima la Consejería tiene que asumir la indemnización judicial. El negocio de la salud va más allá de la escandalosa privatización que se está desarrollando. No sólo cobran una asistencia que no prestan, sino que encima en caso de negligencia y su correspondiente indemnización judicial, éste coste se carga a la Administración Pública como si fueran pequeños 'hilillos de plastilina'.
Pero, además, esta sentencia del TSJM coincide con otra medida del Gobierno de la Comunidad de Madrid, el Decreto 30/2013, de seguimiento y control de la calidad asistencial en el Sistema Madrileño de Salud (BOCM nº 86, de 12 de abril) que crea una nueva Dirección General (DG) para el control de los centros sanitarios de gestión indirecta (los hospitales que están en vías de privatización). DG que ocupará Manuel Molina con el objetivo de reforzar, así, los mecanismos de control para garantizar que se cumplan las obligaciones en la prestación sanitaria.
Ingenuamente se ha explicado que esto no supone aumento de altos cargos ni de estructura, ni conllevará mayor gasto porque esta nueva DG asume las tareas del delegado de Gobierno de la Comunidad en la Fundación Jiménez Díaz, que se suprime. Pero es que ya existe otra dirección general, DG de Ordenación e Inspección, con las competencias que se asignan a la nueva. Por cierto, dirección general que ya ocupó Manuel Molina y de la que se despidió sin grandes honores.
'Recibí una clara advertencia de la Dirección General de Inspección: 'no se puede hablar mal de Capio'' ¿Por qué se crea una nueva DG si ya hay una que debe y puede realizar ese trabajo?. Se han publicado distintas valoraciones, en su mayoría críticas, sobre la oportunidad o la necesidad de esta nueva DG.
Volviendo a la sentencia que condena a la Consejería a indemnizar por la negligencia cometida por Capio-Valdemoro; en la tramitación administrativa de la reclamación, previa a la vía judicial, tuve que informar, como médico inspector, sobre la asistencia prestada por el hospital Capio-Valdemoro. A la vista de los hechos comprobados mi indignación fue tal que publiqué un artículo con la intención de señalar las maldades y los efectos, bien conocidos, que aparecen cuando la avaricia y el lucro presiden los servicios sanitarios. Un efecto inesperado de este artículo es que recibí una clara advertencia de la Dirección General de Inspección: 'no se puede hablar mal de Capio'.
No sé de quién vino la orden porque sólo vi la cara del mensajero: alto cargo en la Consejería que se prestó a tan indigna tarea; pero el Director General de la Inspección Médica en ese momento era Manuel Molina. ¿Casualidad?. Tampoco me consta que se hiciese ninguna auditoría o control al Hospital de Valdemoro. Haciendo un ejercicio extremo de buena fe, ingenuo y totalmente insano, podríamos concederles el beneficio de la duda, pero desgraciadamente es imposible, porque desde hace tiempo ya todos los beneficios son para la banca.
Los costes que soporta la Administración Pública para mayor lucro de entidades privadas no acaban aquí, todavía se puede añadir alguno más. El expediente administrativo sobre la reclamación estaba completo y listo para resolver en marzo de 2010, sin embargo, la Administración guarda silencio y debió resolverse en vía judicial, tres años después. ¿Por qué se acogen al 'silencio administrativo'?. Se guarda el trabajo de los funcionarios en un cajón y se carga a otra Administración (Administración de Justicia) un trabajo que debía y podía haberse resuelto. Es el ejercicio actual de la política, desvergonzado y mentiroso, de los que defienden la privatización de los servicios públicos diciendo que los funcionarios trabajamos poco y mal.
Santiago Porras Carrasco es Médico Inspector de Servicios Sanitarios de la Consejería de Sanidad de Madrid.
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