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Orden para confirmar el pabellón del Alakrana

La defensa intenta ahora cuestionar la competencia española

ÁNGELES VÁZQUEZ

El juez Santiago Pedraz acordó ayer solicitar las dos pruebas requeridas por el abogado defensor Francisco Javier Díaz Aparicio, con las que este trata de cuestionar la competencia de la jurisdicción española para juzgar a los dos piratas apresados por militares de la fragata Canarias, asunto que ya aclaró el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional cuando declaró mayor de edad al propio Abdu Willy.

Las dos pruebas consisten en identificar el lugar exacto del Océano Índico en el que se produjo el apresamiento de los dos piratas el pasado 3 de octubre. Para ello el letrado ofrece unas coordenadas. La otra confirmará que el atunero vasco secuestrado navegaba bajo pabellón español. El abogado solicita este trámite escudándose en que 'ha trascendido que el pabellón enarbolado por el Alakrana era distinto al español, concretamente [llevaba] una bandera del País Vasco'.

De identificar el lugar donde fueron apresados Abdu Willy y Raageggesey Adji Haman, a bordo de un esquife, se ocupará la Comisaría General de Información, mientras que de confirmar el pabellón del Alakrana, el Ministerio de Defensa.

Fuentes jurídicas indicaron que la nacionalidad del barco ya está clara, aun en el caso de que en vez de la bandera española llevara izada una ikurriña. Además, este extremo fue negado a Público por el Ministerio de Medio Marino, que explicó que muchos barcos pesqueros llevan una bandera autonómica metálica en el puente de mando, como elemento decorativo, mientras enarbolan en el mástil correspondiente la de España.

En cualquier caso, la nacionalidad está clara, porque su matrícula, que coincide con el pabellón y con la bandera, es española, es propiedad de una empresa española y parte de su tripulación también lo es.

Por eso, las fuentes jurídicas consultadas señalaron que en el hipotético caso de que el buque llevara una bandera que no fuera la española sería totalmente indiferente en el proceso penal abierto en España, porque el derecho penal se basa en la verdad material, aunque no coincida con la formal.

En cuanto a la localización exacta del lugar donde fueron apresados los piratas, el abogado ofrece unas coordenadas (00º 12 S-45º 38 E) y asegura que de ellas depende 'la competencia española por aplicación de la legislación internacional'. Y precisamente el artículo que cita, el 105 de la Convención sobre el Derecho del Mar, es uno de los que utiliza la Sala de lo Penal de la Audiencia para justificar el enjuciamiento en España de los piratas apresados.

Cuando se capturó a los dos piratas que habían abandonado el Alakrana en un esquife se informó de que la operación se produjo a 135 millas de la costa somalí. Las aguas territoriales de los países, según dicha Convención, se limitan a 12 millas, aunque Somalia reclama que su ámbito llegue hasta las 200.

Díaz Aparicio también solicitó ayer una reunión con Fiscalía 'para mantener una conversación tendente a discernir si el proceso puede finalizar inmediatamente o es preciso practicar la instrucción del mismo'. Es decir, si habrá una sentencia de conformidad o habrá que celebrar juicio.

El letrado también ha recurrido la decisión del juez Pedraz de no fijar la imputación contra los piratas hasta el momento procesal oportuno. De momento, los delitos de los que se les acusa figuran en el auto de prisión.

 

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