El acuerdo del 24 de julio de 2006 entre Mediapro y AVS-Sogecable que originó la guerra del fútbol ya tiene una interpretación de la Comisión Nacional de Competencia (CNC). El organismo regulador emitió una providencia que avala a Mediapro a contratar directamente con los clubes la cesión de sus derechos audiovisuales en la Liga de Fútbol profesional.
Esto quiere decir que, al contrario de lo defendido hasta ahora por AVS-Sogecable, la productora puede firmar contratos por su cuenta con los clubes sin necesidad de que la titular de esos acuerdos sea Audiovisual Sport o Sogecable. El organismo regulador considera que lo contrario vulneraría el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y el 81 del Tratado de la CE, y da la razón a Mediapro, algunos de cuyos accionistas son editores de Público.
La CNC rechaza además la pretensión de AVS-Sogecable de que ese acuerdo de 24 de julio dure más allá de la presente temporada. En este sentido, según la CNC, Mediapro podrá explotar los derechos audiovisuales del fútbol por separado sin necesidad de comercializarlos bajo el control de AVS-Sogecable. Por lo tanto, el organismo regulador rechaza que aquel acuerdo fuera indefinido.
La providencia de la CNC es trascendental, pues reconoce a Mediapro su capacidad de explotar los derechos y de firmar contratos con los clubes al margen de AVS-Sogecable, los mismos hechos que estudia la Justicia en el caso de la guerra del fútbol.
En este sentido, Mediapro aseguró en un comunicado que esta valoración 'tiene un impacto decisivo en la sentencia que en su día recaiga en el procedimiento judicial que se tramita ante el Juzgado de Primera Instancia número 36 de Madrid'.
Por otra parte, la Comisión Nacional de la Competencia consideró que los contratos de derechos deportivos no debe ser superior en ningún caso a los cuatro años de duración.
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